SE RESUELVE:
Artículo 1. Modificación
Modificar el “Indicador de puestos directivos de libre designación o remoción y puestos de confianza de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, aprobado por la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00009-2020-ARCC/DE y modificado por las Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 00096-2021-ARCC/DE, N° 00072-2022ARCC/DE, N° 00079-2023-ARCC/DE y, N° 0098-2023-ARCC/DE en los siguientes extremos:
A) Eliminar una (01) posición de “Empleado de Confianza” correspondiente al puesto de confianza de “Experto / Asesor (I-II)” asignada actualmente a la DISVCS establecida en el “Indicador de puestos directivos de libre designación o remoción y puestos de confianza de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00009-2020ARCC/DE, modificada por Resolución de Dirección Ejecutiva N°00096-2021ARCC/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00072-2022-ARCC/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00079-2023-ARCC/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00098-2023- ARCC/DE y Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00098-2023-ARCC/DE, sujeta al régimen laboral privado, quedando establecido de la siguiente manera:

B) Incorporar una (1) posición sujeta al régimen laboral privado al puesto de confianza de “Experto / Asesor (I-II)” en la Dirección Ejecutiva establecida en el “Indicador de puestos directivos de libre designación o remoción y puestos de confianza de la ARCC”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº00009-2020-ARCC/DE, modificada por Resolución de Dirección Ejecutiva N°00096-2021-ARCC/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00072-2022ARCC/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N°00079-2023-ARCC/DE, Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00098-2023- ARCC/DE y Resolución de
Dirección Ejecutiva N° 00108-2023-ARCC/DE, quedando establecido de la siguiente manera:

Artículo 2. Efectos
Disponer que las modificaciones del “Indicador de puestos directivos de libre designación o remoción y puestos de confianza de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, aprobada en el artículo precedente, surtan efectos a partir del día de su publicación en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
Artículo 3. Notificación
Disponer que la Unidad de Recursos Humanos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios efectúe la notificación de la presente resolución a los órganos y unidades correspondientes.
Artículo 4. Publicación
Disponer que la presente resolución se publique en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe).
Regístrese y comuníquese.